La Inspección Técnica de Vehículos (ITV), es una revisión obligatoria que debe hacerse a todo vehículo cada cierto tiempo. Con esta revisión se comprueba que tu coche cumple con las normas de seguridad y de emisiones contaminantes.
Tienes que tener en cuenta que, dependiendo del tipo de vehículo y de la antigüedad del mismo, la fecha para pasar este “reconocimiento” varía. Para ello, en LeasePlan respondemos a las dudas más comunes sobre cuándo y cómo pasar la ITV.
Frecuencia con la que debes pasar la ITV a tu coche
Lo primero que hay que tener en cuenta es que, según el Real Decreto 920/2017, publicado por el BOE, los vehículos nuevos, generalmente de menos de 2 a 4 años, no están obligados a pasar la ITV. Esto también aplica a aquellos que están dados de baja temporalmente. Al margen de estas excepciones, todos los coches que circulan por España deben pasar la ITV con la siguiente frecuencia:
- Turismos: ITV obligatoria cada 2 años para los modelos que tengan entre 4 y 10 años, y revisión anual para aquellos con más de 10 años.
- Vehículos ligeros: destinados a carga de mercancías con menos de 3.500 kg. Si tienen entre 2 y 6 años, la ITV debe pasarse cada 2 años; entre 6 y 10 años, de forma anual, y si tienen más de 10 años, cada 6 meses.
- Vehículos pesados: aplicable a camiones y remolques con más de 3.500 kg. Estos modelos deberán pasar la ITV de forma anual, si tiene menos de 10 años, y cada 6 meses si los supera.
- Vehículos de servicio público: tienen la obligación de pasar la revisión anualmente, si tienen menos de 5 años, y cada 6 meses si tienen más.
- Ciclomotores: deben pasar la revisión cada dos años cuando superen los 3 años de matriculación.
- Motocicletas, cuadriciclos y quads: con más de 4 años de antigüedad, la frecuencia de revisión es cada 2 años.
- Autocaravanas: ITV obligatoria cada 2 años si tienen entre 4 y 10 años. Una vez superen los diez, la revisión será una vez al año.
- Caravanas remolcadas de más de 750 kg: no hay obligación de que pasen la ITV antes de los 6 años. A partir de ahí la frecuencia es cada 2 años.
- Vehículos agrícolas: entre los 8 y 16 años de antigüedad, deberán pasar la ITV cada 2 años. Cuando superen los 16, la obligación pasará a ser anual.
- Vehículos especiales (aquellos destinados a obras y servicios y maquinaria y que circulan a velocidad igual o superior a 25 Km/h): la ITV se pasará cada 2 años si tienen entre 8 y 10 años. La frecuencia cambia a anual, para aquellos que superen los 10 años.
- Autobuses: Están obligados a pasar la ITV anualmente, con una matriculación inferior a 5 años. Cuando se supera esta cifra, la frecuencia pasa a ser cada 6 meses.
Qué hacer si no pasas la ITV
Si tu vehículo acumula varios fallos leves o alguno grave, la ITV tendrá un resultado desfavorable. En este caso, dependiendo de cada Comunidad Autónoma, contarás con un plazo para reparar lo que sea necesario, aunque, por norma general son hasta dos meses. Una vez hayas solucionado esto, deberás volver a pasar una segunda revisión.
En el caso de tener un renting de LeasePlan, ¡no tendrás que preocuparte por esto! Además de tener la seguridad de conducir un coche con todas las garantías y en perfecto estado, nosotros nos encargamos de la tramitación de la ITV.
¿Y si realizas algún cambio en el coche?
Si instalas algo extra en tu vehículo, es posible que debas acudir a una estación ITV para que vuelvan a examinarlo, independientemente de que esté en periodo de vigencia de la ITV. Esto afecta a aquéllas instalaciones extra que necesiten ser homologadas. Solo aquellas que el manual del vehículo considere una “reforma” serán susceptibles de revisión.
Según la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV), los cambios más comunes que te llevarán a otro reconocimiento son:
- Sustituir los muelles originales por otros que no sean recambios. Esto puede cambiar la altura o suspensión y, con ello, el comportamiento del coche.
- Instalar unos neumáticos no equivalentes. Para pasar la ITV, es fundamental contar con unas ruedas homologadas y que tengan dimensiones parecidas a las originales.
- Cambiar elementos en la carrocería por otros distintos, que no se parezcan al modelo original, ya que esto puede afectar al funcionamiento.
- Sustituir los faros delanteros o traseros por cualquier otro tipo de luz que no esté homologada.
- Alterar la centralita electrónica, encargada de controlar el motor, ya que puede influir en las prestaciones del vehículo.
- Instalar un enganche de remolque.
Como cualquier otro vehículo, los coches de renting también tienen la obligación de pasar esta revisión. Para ello, en LeasePlan te ponemos las cosas fáciles, ya que, además de avisarte, con un mes de antelación para pasar la ITV, tu cuota mensual puede incluir las tasas, siempre y cuanto tengas contratado este servicio. ¿Estás interesad@ en saber más al respecto? No dudes en contactar con nosotros.