Medidas de la DGT frente al COVID19

Actualmente, estamos inmersos en una crisis sanitaria sin precedentes en nuestro país. El COVID19 está haciendo estragos en la población, y por ello, el Gobierno se ha visto obligado a decretar el estado de alarma y a establecer una serie de medidas para intentar detener la propagación de un virus que ya ha causado más de 17.000 muertes en tan solo un par de meses.

Muchos son los organismos oficiales que han adaptado su funcionamiento a esta situación. La Dirección General de Tráfico es una de ellas. Además de controlar los desplazamientos y guiar a los habitantes para que cumplan el estado de alarma de manera correcta, ha establecido una serie de medidas cuyo objetivo es favorecer el confinamiento y evitar la propagación de la pandemia. Estas medidas son de gran interés para cualquier conductor que necesite realizar trámites administrativos de su vehículo, o simplemente quiera hacer uso de él de manera similar a cómo lo hace en condiciones normales.

Algunas de las medidas más importantes decretadas por la DGT, y que deben de ser de total conocimiento y cumplimiento para los conductores, quedan recogidas a continuación.

Medidas de la DGT frente al Coronavirus

Circulación limitada de vehículos

El confinamiento es una de las medidas más efectivas para poder frenar la propagación del virus. El pasado 14 de marzo, España decretó el estado de alarma, lo que implica el deber de limitar al máximo nuestras salidas. Éstas estarán justificadas tan solo si son verdaderamente necesarias, entendiendo así los traslados al centro de trabajo y al domicilio, realizar la compra, acudir al cajero, a la farmacia, recibir atención médica o pasear a nuestro perro. Nuestros trayectos en coche deben verse también reducidos de manera significativa, como consecuencia de estas restricciones.

Para que así sea, la DGT realiza controles exhaustivos durante todo el periodo de alarma que pretenden reforzar el cumplimiento de las normas y sancionar a aquellas personas que actúen al margen de la ley. Situados en diferentes lugares de nuestra geografía, los cuerpos de seguridad autonómicos y nacionales velan por evitar aquellos traslados no necesarios, como medida de protección frente a la propagación del COVID19. Estos controles se extenderán durante la duración del periodo de alarma.

Los datos obtenidos hasta la fecha son favorables. Esta Semana Santa los desplazamientos por carretera han descendido en cifras significativas.

Limitación de movilidad geográfica y de acceso al territorio nacional

Otra de las medidas acordadas frente a la propagación de la pandemia en España es controlar de manera exhaustiva la entrada de personas en nuestro país. En este sentido, y mientras dure el estado de alarma, tan solo se permitirá la entrada a ciudadanos residentes en España, personal sanitario, trabajadores transfronterizos u otros casos de fuerza mayor.

Otros países han tomado estas medidas, lo que limita la posibilidad de realizar desplazamientos fronterizos no justificados.

Los conductores extranjeros pueden seguir circulando en España durante el periodo que dure la situación de alarma con las mismas condiciones anteriores. El plazo de 6 meses se paraliza durante este periodo, reactivándose automáticamente una vez el periodo de alarma se dé por finalizado.

Trámites administrativos paralizados

Los trámites administrativos de nuestro vehículo y/o permiso de conducir quedan prorrogados mientras dure el estado de alarma, como medida facilitadora del confinamiento.

Si nuestro permiso de conducir caduca en pleno estado de alarma, podremos seguir haciendo uso de nuestro vehículo como si éste no estuviera vencido. Eso sí; nuestras salidas deben estar debidamente justificadas. Una vez finalice el estado de alarma, deberemos proceder a su renovación.

Lo mismo ocurre con todos aquellos vehículos cuyo vencimiento de la ITV coincide con el periodo de alarma. En este caso, se prorrogará su validez hasta 30 días naturales posteriores al fin del estado. Además, los centros de ITV permanecen cerrados mientras dure esta situación.

Limitación de número de pasajeros en un mismo coche

La DGT limita, también, el número de pasajeros que pueden desplazarse en un mismo vehículo y trayecto. En concreto, se estipula que debe viajar un solo pasajero en cada fila de asientos; tan solo así se respeta la distancia de seguridad entre personas. Además, es recomendable que lleven a cabo las medidas básicas de higiene y seguridad.

Desde Leaseplango.es esperamos que la situación sea lo más llevadera posible y que pronto podamos volver a la normalidad.

Artículos relacionados